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Tus derechos

Tus derechos como usuario de internet en Colombia

Lo que el operador está obligado a cumplir, y a quién acudir cuando no lo hace.

Lectura de 6 minutosActualizado el Por el equipo de Inerxia

Quién te protege

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) define las reglas del juego y el régimen de protección de los usuarios de servicios de comunicaciones. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) vigila y sanciona a los operadores, y resuelve las apelaciones cuando la respuesta del operador no te satisface.

Derechos que conviene tener presentes

  • A que te informen con claridad, antes de contratar, el precio total, la velocidad, la duración de la promoción y cualquier cláusula de permanencia.
  • A recibir el servicio en las condiciones que te ofrecieron y que quedaron en el contrato.
  • A presentar PQR gratis y a recibir respuesta de fondo dentro del plazo.
  • A terminar el contrato cuando quieras, por los mismos medios por los que contrataste.
  • A que te compensen o descuenten cuando el servicio se interrumpe por causas del operador.
  • A conocer y a que te entreguen copia de tu contrato.
  • A que no te cobren servicios que no aceptaste expresamente.

El derecho que más se ignora

Si el operador no responde tu PQR en 15 días hábiles, la decisión se entiende a tu favor por silencio administrativo positivo. No es un tecnicismo menor: es la herramienta más efectiva que tiene un usuario y casi nadie la usa.

Dónde acudir

  • Primero, siempre al operador, con una PQR radicada y su número.
  • Si la respuesta no te sirve: recurso de reposición y en subsidio apelación, que llega a la SIC.
  • Para orientación general sobre tus derechos, la CRC publica el régimen de protección al usuario en su sitio oficial.

Esta guía es orientación general, no asesoría legal. Los plazos y procedimientos pueden cambiar: verifica siempre en los canales oficiales de la CRC y la SIC.

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